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Mínimo de hectáreas 2028: la normativa que decide qué explotaciones deben digitalizarse

A partir de 2028 no todas las explotaciones llevarán el cuaderno digital completo: depende de si supera el mínimo de hectáreas que fija la ley.

Qué es el mínimo de hectáreas que activa el cuaderno digital obligatorio en 2028

El Real Decreto 1054/2022, modificado por el Real Decreto 34/2025, fija que el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE) sea de uso voluntario con carácter general, salvo que la propia explotación supere un mínimo de hectáreas concreto. Para el siguiente periodo de programación de la PAC, el cuaderno digital completo será obligatorio si se cumple alguna de estas tres condiciones: superficie superior a 30 hectáreas, sumando cultivos permanentes y tierras de cultivo, excluidos los pastos temporales; más de 5 hectáreas de regadío sobre el total de esa superficie; o invernaderos con más de 0,1 hectáreas de superficie bajo cubierta —en cuyo caso, si no se cumplen las dos condiciones anteriores, solo esa parte con invernadero queda sujeta a la obligación—.

El mínimo de hectáreas no es un concepto nuevo en esta normativa: el Real Decreto 1051/2022, sobre nutrición sostenible de los suelos agrarios, ya exime de anotar la sección de fertilización del cuaderno a las explotaciones con 5 hectáreas o menos (y regadío igual o inferior a 1 hectárea), y libera del plan de abonado obligatorio a las de secano, pastos o forrajeros para autoconsumo de hasta 10 hectáreas. En ambos casos, el umbral de superficie es lo que decide si una obligación aplica o no, así que conocer con precisión cuántas hectáreas tiene realmente cada explotación deja de ser un detalle administrativo para convertirse en el punto de partida del cumplimiento.

Más de 30 ha

Sumando cultivos permanentes y tierras de cultivo, excluidos los pastos temporales: cuaderno digital completo obligatorio.

Más de 5 ha de regadío

Sobre el total de la superficie de cultivos permanentes y tierras de cultivo: también activa la obligación.

Más de 0,1 ha de invernadero

Aunque no se llegue a los umbrales anteriores, la superficie bajo invernadero queda sujeta al cuaderno digital.

Por debajo del mínimo

El cuaderno digital sigue siendo voluntario, aunque la administración debe ponerlo a disposición de toda explotación que quiera usarlo.

Saber Dónde Está

Por qué una aplicación de productos agrícolas facilita vigilar el mínimo de hectáreas

Calcular a mano si una explotación supera los 30 hectáreas, los 5 de regadío o los 0,1 de invernadero —sumando parcelas, descontando pastos temporales y revisando cada campaña— es precisamente el tipo de tarea que un error de cálculo convierte en un incumplimiento involuntario. Una aplicación de productos agrícolas que vincula cada parcela a su registro oficial resuelve esa cuenta de forma automática:

  • Superficie siempre verificada: cada parcela enlazada a SIGPAC, con su superficie y su uso reales, sin depender de una suma manual.
  • Regadío diferenciado: las hectáreas de regadío se distinguen de las de secano parcela a parcela, el dato que decide el segundo umbral.
  • Invernaderos identificados: la superficie bajo cubierta queda registrada aparte, para el tercer umbral de la norma.
Ecosistema de Producción Agrícola: campo, ordenador y nube conectados
Portal de Operario de Producción Agrícola en móvil, tablet y ordenador
Producción Agrícola de Eneboo

Nuestra aplicación de productos agrícolas, esté o no por encima del mínimo de hectáreas

Producción Agrícola está pensada para acompañar a la explotación crezca o no por encima de esos umbrales, sin tener que cambiar de herramienta si un año se supera el mínimo de hectáreas y al siguiente no.

  • Cuaderno de campo completo desde el primer día: lo use de forma voluntaria o porque la norma se lo exija, el registro es el mismo.
  • Plan de abonado y tratamientos: integrados junto a la superficie SIGPAC, sin depender de qué umbral aplique cada campaña.
  • Portal de Operario: el mismo registro digital, lo cumplimenten desde el móvil, la tablet o el ordenador, con o sin conexión.
  • Envío a la administración con un clic: notifique a su comunidad autónoma en el momento en que la obligación le corresponda.
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Preguntas frecuentes sobre el mínimo de hectáreas de 2028

¿Qué hectáreas cuentan para el umbral de las 30 ha?
Se suman los cultivos permanentes y las tierras de cultivo de la explotación, excluyendo los pastos temporales, conforme a la disposición final octava del Real Decreto 1054/2022 (modificada por el Real Decreto 34/2025).
Tengo un invernadero pero no llego a las 30 hectáreas, ¿me afecta la norma?
Sí, si el invernadero supera 0,1 hectáreas de superficie bajo cubierta. En ese caso, solo la parte de la superficie agraria con invernadero queda sujeta al cumplimiento del cuaderno digital, no el resto de la explotación.
¿Qué pasa si mi explotación está por debajo del mínimo de hectáreas?
El cuaderno digital sigue siendo voluntario. La normativa obliga a las administraciones a poner a disposición de todas las explotaciones los sistemas informáticos del cuaderno digital para quien quiera usarlo, aunque no le corresponda de forma obligatoria.
¿Tiene sentido usar la aplicación aunque esté exento del mínimo de hectáreas?
Sí. Otras obligaciones —como el registro digital de tratamientos fitosanitarios desde 2026 o el plan de abonado desde septiembre de 2026— pueden aplicarle igualmente aunque no supere el mínimo de hectáreas del cuaderno completo, y contar con el dato ya centralizado facilita cumplir con ambas normas a la vez.

Sepa exactamente en qué lado del mínimo de hectáreas está su explotación.

Vea cómo Producción Agrícola vincula cada parcela a su registro oficial y le mantiene preparado, supere o no los umbrales de 2028. Demostración gratuita.

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